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Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial ALSHI- 9 DE OCTUBRE 590-DNJ-2024
30 de diciembre de 2024
TALENTO HUMANO

La consulta versa sobre la solicitud de una comisión de servicios sin remuneración por un lapso de dos años por estudio, realizada por una vocal del GAD Parroquial. Al respecto, conforme lo dispone el COOTAD, la administración del talento humano de los GADs será autónoma y se regulará por las disposiciones que para el efecto se encuentren establecidas en la Ley. También se deberá considerar que, conforme lo dispone el artículo 51 de la LOSEP, le corresponde al Ministerio del Trabajo emitir criterios sobre la aplicación de los preceptos legales en materia de remuneraciones, ingresos complementarios y talento humano del sector público.

Empresa Pública Municipal Técnica y de Control de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial del Cantón La Libertad “LILITRAN EP” 594-DNJ-2024
30 de diciembre de 2024
PROCESOS COACTIVOS

A la CGE le corresponde la recaudación y ejecución de procesos coactivos derivados de las resoluciones ejecutoriadas, emitidas por la Dirección Nacional de Responsabilidades y de Recursos de Revisión, las cuales determinan responsabilidades civiles o administrativas culposas observando las garantías básicas del debido proceso. El informe de examen especial no determina responsabilidades, únicamente contiene comentarios, conclusiones y recomendaciones, siendo éstas últimas de aplicación inmediata y de obligatorio cumplimiento. Por lo tanto, la potestad coactiva de la CGE procede solo respecto de las resoluciones ejecutoriadas que determinan responsabilidades administrativas y civiles culposas.

Empresa Pública Fabricamos Ecuador FABREC E.P 586-DNJ-2024
23 de diciembre de 2024
BIENES DEL SECTOR PÚBLICO

Respecto al personal para la conformación de la Junta de Remates, se considera pertinente que el ministerio receptor a cargo de FABREC EP, EN LIQUIDACIÓN, dentro de sus facultades legales y en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, podrían analizar la instrumentación y opciones previstas en la normativa vigente a fin de que se pueda dotar del personal necesario para la conformación de la Junta de Remates que hagan “las veces” de los cargos que se describen en el artículo 83 del Reglamento General Sustitutivo para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público, observando en todo momento las disposiciones legales y normativas aplicables y precautelando el buen uso de los recursos públicos.

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lago Agrio 560-DNJ-2024
9 de diciembre de 2024
BIENES DEL SECTOR PÚBLICO

Respecto a la donación de materiales en desuso, el Reglamento General Sustitutivo para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público, regula la administración, utilización, manejo y control de los bienes e inventarios de propiedad de las instituciones, entidades y organismos del Estado; y en sus artículos 77, 78 y 79  se determinan los procedimientos que implican transferencia de dominio o no, así como los procedimientos que podrán realizarse para el egreso y baja de bienes o inventarios inservibles, obsoletos o que hubieran dejado de usarse, los mismos que podrán aplicar las entidades y organismos señalados en el artículo 1 del citado Reglamento, texto normativo que es de aplicación obligatoria para todos los servidores y las personas que, en cualquier forma o a cualquier título, trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad en el sector público.

Pontificia Universidad Católica del Ecuador 554-DNJ-2024
29 de noviembre de 2024
INFORMACIÓN PÚBLICA/ CONFIDENCIAL / ENTREGA DE INFORMACIÓN

Respecto a la información solicitada con fines académicos, sobre el ámbito laboral de la CGE, se indicó que, el régimen laboral aplicable a los servidores y trabajadores de la CGE está previsto en la LOSEP y en el Código de Trabajo, observando las disposiciones impartidas por el Ministerio del Trabajo, organismo rector en materia de administración de talento humano, remuneraciones e ingresos complementarios del sector público.  La CGE difunde la información institucional sujeta al principio de publicidad de conformidad con lo dispuesto en la LOTAIP, en ese contexto se deberá observar el Reglamento de Clasificación de Información y/o documentación de Carácter Confidencial y el Reglamento de Clasificación de Información y/o Documentación Reservada de la Contraloría General del Estado

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cañar 538-DNJ-2024
15 de noviembre de 2024
CADUCIDAD

Respecto a la petición de nulidad de acto realizada por el Alcalde, se indicó que el accionar de la CGE se encuentra enmarcado estrictamente en las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes y aplicables, fundamentado en debida forma y en constante observancia del derecho a la seguridad jurídica que asiste a los sujetos de control, como se puede observar en su comunicación existe una confusión en la interpretación del artículo 26 de la LOCGE, que establece que el periodo de tiempo de 180 días debe ser considerado como término. De otro lado el envío del informe general aprobado a la máxima autoridad se realizó dentro del término previsto establecido en el artículo 12 del Reglamento para la Elaboración, Trámite y Aprobación de Informes de Auditoría Gubernamental, Predeterminación de Responsabilidades y órdenes de Reintegro. No es procedente su pedido, por cuanto la CGE cumplió con los términos previstos en su Ley Orgánica.

Coordinación Zonal 1 Salud, Ministerio de Salud 437-DNJ-2024
24 de septiembre de 2024
IMPEDIMENTO EJERCICIO CARGO PÚBLICO

El Sistema de Impedimentos y Rehabilitaciones que forma parte del Sistema Informático Integrado de Talento Humano y Remuneraciones (SIITH), a cargo del Ministerio del Trabajo, refleja los impedimentos legales para el ejercicio de un cargo público reportados por las instituciones del Estado, siendo responsabilidad de la UATH  o quien hiciere sus veces, determinar si el ingreso, reingreso o permanencia de un servidor se ciñe al marco jurídico vigente, así como cumplir y hacer cumplir la LOSEP, su Reglamento General y las resoluciones expedidas por el órgano rector en materia de remuneraciones, administración del talento humano o ingresos complementarios del sector público.

Universidad de las Fuerzas Armadas, ESPE 438-DNJ-2024
24 de septiembre de 2024
IMPEDIMENTO EJERCICIO CARGO PÚBLICO

Compete al Ministerio de Trabajo registrar las prohibiciones, inhabilidades o impedimentos legales para ejercer cargo, puesto, función o dignidad dentro del sector público de las personas en el Sistema de Impedimentos y Rehabilitaciones que forma parte del Sistema Informático Integrado de Talento Humano y Remuneraciones (SIITH), así como registrar las rehabilitaciones, en función de los requerimientos debidamente motivados y de la documentación de respaldo respectiva, proporcionada por las entidades públicas o por las personas interesadas.

Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Imbabura 404-DNJ-2024
4 de septiembre de 2024
BIENES DEL SECTOR PÚBLICO

El procedimiento de transferencia gratuita procede cuando no es posible o conveniente la venta de bienes observando lo dispuesto  en el artículo 130 del Reglamento General Sustitutivo para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público, en el que, de manera previa se emitirá un informe que evidencie el estado de los bienes respaldado por el respectivo informe técnico cuando se trata de bienes informáticos, eléctricos, electrónicos, maquinaria o vehículos, por su parte la máxima autoridad o su delegado deben determinar la entidad, institución u organismo cuyo ámbito de competencia involucre actividades que tengan relación con educación, la asistencia social o la asistencia de personas o grupos de atención prioritaria, o a la beneficencia tomando en cuenta los derechos de las personas o grupos de atención prioritaria conforme lo establecido en la Constitución y la Ley.

Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados, COSEDE 385-DNJ-2024
22 de agosto de 2024
BIENES DEL SECTOR PÚBLICO

Respecto a la consulta de cómo debe proceder el Comité de Revalorización, para determinar una diferencia significativa en los bienes revalorizados, se hizo referencia al Oficio No. 220-DNJ-2024 de 16 de mayo de 2024, con el que este Organismo Técnico de Control emitió una respuesta a la consulta y se indicó tomar en cuenta el numeral 2 del referido oficio.

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